Conclusiones u "Oprobio de la decadencia"
El Banco de la Nación Argentina violó la normativa bancaria desde el principio,
o sea desde la apertura, durante su funcionamiento y el cierre de la cuenta
corriente al citado Quellemen. Sus funcionarios cometieron una enorme cantidad
de transgresiones legales, muchas gravísimas, abriendo y manteniendo en
funcionamiento ilícitamente la cuenta corriente a nombre de Pedro Quellemen por
casi diez años; y para colmo le concedió créditos luego de una quiebra
fraudulenta y culpable, cometida en esta plaza pocos años antes, que además
registraba problemas judiciales pendientes en paises vecinos y no le cierra la
cuenta pese a las inhibiciones que se le habían trabado.
El Banco incumple
asimismo, reiteradamente, su obligación de cerrar la cuenta por libramiento de
cheques sin fondos, y ni aun ordenándolo el BCRA; permitiendo a Quellemen
mantener la titularidad de una cuenta corriente, durante casi diez años. Le
entregó cheques por millares, no obstante su pésima trayectoria, que el Banco
conocía o debía conocer, siendo innegablemente previsibles para el Banco, las
reiteradas estafas de su cliente. Concedía créditos a Quellemen, estando el
Banco impedido de otorgarlos por catorce causas concurrentes; difundía
información –falsa- como que era muy buen cliente,etc-
El Juez en
lo penal, Juzgado de Instrucción N° 24 Sec 131, QUE ALLANÓ SU Sucursal
Congreso, dijo -cuando aún eran una mínima parte los ilícitos conocidos de la
demandada, a fs. 1.022 de la causa penal 46.747 en los autos "Perel Balin y
otros. : " También debe destacarse las irregularidades administrativas en contra
de las disposiciones vigentes que rigen la operatoria de las cuentas corrientes
facilitando la actividad fraudatoria que culmina con el perjuicio patrimonial de
un gran número de inversores". y el Perito contador expresó : " las
irregularidades encontradas han tenido por objeto mantener en actividad a su
cliente"
Frente a estas
advertencias documentadas en la causa; y, desprendiéndose especialmente del
informe pericial, que son más de 77.000 (Setenta y
siete mil ) los ilícitos - algunos gravísimos - cometidos durante
casi diez años por la demandada, carecen de seriedad la resoluciones
judiciales dictadas violando la garantía del debido proceso y denegando justicia
con errores inexcusables provocando daños y perjuicios irreparables que no
debieron soslayarse.
También carece de
seriedad que habiéndose perjudicado a centenares o miles de damnificados y
planteada la acción judicial por la violación de una Ley Federal y sus normas
reglamentarias – la Ley de E.F -, que el Alto Tribunal se exima de tratarla, -
degradando aun más el desprestigio de la justicia -, con lo que ha vulnerado la
doctrina y su propia jurisprudencia.
Nuestra CSJN ha garantizado la inseguridad jurídica. Su mensaje no ofrece
dudas: La Constitución Nacional es letra muerta, cuando se trata la
responsabilidad de ilícitos del Banco de la Nación Argentina.
En cuanta
operación intervenga esta entidad, aun indirecta, los terceros sabrán que en
cuanto atañe a su responsabilidad bancaria, por las violaciones a la Ley de E.F.,
por parte del citado Banco, la regla en la justicia Federal Argentina, es la
impunidad del Banco del Estado, el Banco de la Nación Argentina
Todos
los argentinos e innumerables visitadores del sitio de la web, estarán en
condiciones de verificar en distintos paises, jueces que concurren a
desprestigiar la justicia argentina. El Banco de la Nación Argentina lo hace por
si mismo.
Son inverosímiles los
ilícitos de la demandada, y astronómica la cifra alcanzada Detallamos
seguidamente cómo arribamos a esta descomunal cantidad de ilícitos impunes.
Del informe pericial :
00001 . Mala
apertura de cuenta corriente No existen referencias de personas de reconocida
solvencia
00001 - Suministró información inexacta o falsa acerca de la situación de Quellemen
---- Tampoco se encuentra la
firma de quien lo presentó cuando registró su firma.
---- Sabía o
debía saber que de pocos años atrás, existían problemas judiciales de Quellemen,
en Paraguay y Brasil. Constan en la causa penal 46.747 del Juzgado de
Instrucción N° 24 y en DE N° 254.615 de la Policía Federal.
00001 - No existe balance o
manifestación de bienes
00001 - No verificó el
domicilio falso que dio – a sólo tres cuadras de la filial bancaria,
tratándose de un edificio desalojado, aproximadamente en mayo de 1976, propiedad
en aquel entonces de la CGT
00001 – Incumplió su
obligación de exigir la autorización del BCRA para que Quellemen destine la
cuenta corriente para atender el servicio de “Factoring...” Art. 24 inc. d) de
la Ley de E.F. 21.526, engañando a la numerosa clientela de éste.
00001 - Supresión del
legajo de la cuenta corriente.
00001 - Supresión de la
carpeta de créditos,
00170 – Supresiones de
fichas de cuentas corrientes
00003 - Incumplimiento de
órdenes de cierre de cuenta del Banco Central-
Negativa de haber
otorgado créditos en descubierto o adelantos en cuentas corrientes pero se
hallaron:
00175 - Anticipos de fondos
durante los últimos 34 meses
00001 - Circular A 372 - 439 del BCRA. Transgredió la prohibición de dar crédito que benefice con el arbitraje de tasas
00070 - Créditos en
descubiertos transitorios en cuenta corriente
00100 - Operaciones de
anticipos de fondos de cheques girados sobre otras plazas
00019 - juicios ejecutivos
tramitándose desde hacía casi seis años en diez juzgados distintos
00001- No pudo ser director ni gerente pues no podía ejercer el comercio (art. 264 del CC)
00001-Tampoco pudo serlo porque era un concursado
00001- Tampoco pudo ser administrador de sociedad porque su conducta se calificó de culpable o fraudulenta
00001 - No pudo desempeñarse como promotor etc. (art. 10 de la Ley 21526 de E.F.)
00001 - Por tratarse de deudor moroso de E.F.
00001- Pues estaba inhabilitado para ser titular de cuenta corriente
00001 -el art. 32 establece la obligación de mantener capitales mínimos
00040 - Perjudicados – como
mínimo, presentados en sede judicial -desde el año 1980. Comprendió a los
bancos Río, Galicia, Santander etc., y tres financieras, con quienes no
podía tener dos años de relaciones comerciales-, empresas y particulares.
35.400 cheques ilícitamente
entregados durante el último año de vigencia de la cuenta
25.101 cheques que
entregados durante el último año no figuran contabilizados.
25.101 cheques emitidos sin
fondos, al negarse a cerrar la cuenta. ( fs. 1457 del informe pericial.
00099 Presentados en la
Justicia penal 98 que afirman el Banco aseguraba tratarse Quellemen muy buen
cliente y al suscripto además, que tenía unos diez años de antigüedad.
1.365 Evidenciando
entrega indebida de cheques presentados una vez cerrada la cuenta,
4.276 cheques ingresados
sin fondos, durante los últimos 34 meses, sin cerrarle la cuenta como
correspondía, aunque fue visible que la emisión de cheques sin fondos superaba
ampliamente esta cifra. Véanse los gráficos.
2.300 cheques como mínimo,
en base a los que aparecieron durante el último mes, que no figuran entregados
8.934 cheques
contabilizados en el último año, que a la fecha de su emisión no contaba con
fondos suficientes acreditados conforme en cuenta que al Banco por sus propios
registros le constaba.
00080 operaciones de débito
y crédito asentados dos veces, que aparecen pocos meses antes del cierre de la
cuenta en fichas cuentas 1592, 1593 y 1594
00003 - Fichas cuentas
corrientes con la misma numeración, es decir, duplicadas.
00003 - Atenderlo en
créditos y mantener la cuenta corriente habiéndosele trabado otras tantas
Inhibiciones registradas dos y cuatro años antes de su segunda estafa
disponiendo de la misma cuenta corriente.
00001 - Mantenerle la
cuenta corriente y concederle créditosm acreditándose que su conducta fue
calificada : fraudulenta y culpable dictada en el Juzgado Comercial N° 13 Sec
25, pocos años antes
00001 - Ficha cuenta
corriente sin movimiento fechada un día sábado.
00014 - Folios de un
Libro de cheques rechazados faltantes.
00001 - Libro de cheques
rechazados, renumerado.
00005 - libros de cheques
rechazados con páginas en blanco, interlineaciones, raspaduras, cuando es
obligatorio llevar uno.
00050 cheques acreditados
primero y luego debitados, en otras tantas oportunidades, para disimular la
falta de fondos.
00002 - Ingresó dos
cheques cuando la cuenta dice haber estado cerrada, y los devolvió sin
asentarlos como esta obligada en el Libro de cheques rechazados.
00003 - Abonó cheques
cuando dijo haber cerrado la cuenta
00001 - Cheque sin fondos,
devuelto vencido el plazo para su devolución.
00001 - Hace figurar saldo
acreedor de $ 37.000.- en la comunicación de cierre cuando era ampliamente deudor
00001 - Hace figurar como
motivo de cierre un cheque sin fondos de $ 137 y que el saldo era acreedor de $
37.000. - - suficiente para pagar 105 veces el referido cheque de $ 137.-
añadiéndose la increíble circunstancia que fue devuelto el día
anterior, junto a otros cinco cheques que no fueron asentados en el libro de
cheques rechazados.
00080 - Cheques
aproximadamente, devueltos sin fondos que no figuran asentados en el libro de
cheques rechazados.
103.322
Ilícitos
y/o irregularidades, cometidos por la demandada en flagrante violación de la
normativa bancaria
No continuo
con el detalle en mérito a la brevedad,
Puede generalizarse diciendo que, a
partir de la ilícita apertura de la cuenta corriente, cada una de las
operaciones registradas en ella fue a su vez ilícita
Uno de los tantos disparates del juez Dr. Farrell que los saldos eran importantes y que si el Banco informaba bien de Quellemen se ajustó a la realidad. No asignó importancia al informe de PF ( Policía Federal ) 254.615 referida a causas penales que registraba en Brasil y Paraguay; y los pésimos antecedentes de las pruebas preliminares, informe de perito incluido, que tuvo a la vista.
La cuenta corriente ( exclusiva en el Banco Nación ) registró saldos promedios acreedores ínfimos. Algunos trimestres arrojó promedio "Deudor"
Sorprendente que ni siquiera este detalle tuviera en cuenta la demandada. Pero existieron dos circunstancias al menos IMPORTANTES:
1) Desde hacia varios años se tramitaban juicios contra Quellemen. Cualquier sorpresivo embargo sobre saldo acreedor en cuenta corriente hubiera encontrado un saldo insignificante. Con los cheques de Cámara 48 hs. sin saldo. Muchos trimestres arrojó saldo deudor.
2) Registra un promedio de 3 a 5 depósitos diarios en efectivo todos los días dirigidos a cubrir cheques. Sin duda hubo un permanente enlace telefónico. No existían celulares.
3) En febrero ( pocos meses antes que se fugara ) el Juez que entendía en el juicio entablado contra Quellemen ( ya todos volcados al Juzgad comercial de la calle Callao 525 a cuatro cuadras de la filial había dispuesto medidas ejecutivas Los abogados del citado Quellemen lograron varias postergaciones, hasta que finalmente en Agosto una resolución definitiva lo puso en apuros ( refiriéndome a la primer estafa, ante la segura trascendencia pública de sus estafas etc anteriores, resolvió huir en Octubre. La cónyuge habría realizado durante meses antes varios viajes a Europa.
4) Al hijo mayor Milton Darío Quellemen ( concedida la emancipación ) también le habilita cuenta corriente el Banco Nación Argentina a nombre de Mildaque S en C. Con qué o cómo pudo justificar el Banco esta también excepcional apertura de cuenta corriente a un estudiante del Colegio La Salle cuya única actividad conocida era la de colaborador en la financiera, unido a otros 12 o 14 empleados.. ¿Un reaseguro por si a su papito repentinamente le clausuran la cuenta?

Esta publicación ocupando 2/3 de página en diario Clarín ( circulación nacional) y otras similares aparecieron durante los últimos meses antes del cierre de la financiera.

Subrayado : ...." Fuentes cercanas al juzgado aseveran que no estarían ajenos a esta operatoria algunos funcionarios del Banco Nación, y la División Defraudaciones y Estafas investiga el origen de los fondos con los que se adquirió una Mitsubishi, una Ford Rural; un Peugeot 505; un Ford Fairline; un Jeep 43 y unja moto Yamaha.
Este grupo de damnificados aún desconocía la inédita cantidad de irregularidades e ilícitos con que el Banco Nación facilitó la apertura de cuenta corriente y créditos, durante su funcionamiento y su cierre. ..........